Estamos en época estival y de seguro, muchos trabajadores están solicitando las vacaciones legales en Chile. O quizás, esa persona todavía no está en situación de no cobrarlas. Esto es importante ya que todos se merecen un descanso y comenzar un nuevo año laboral.
No obstante, muchos trabajadores y trabajadoras no saben como pueden calcular o acumular días de vacaciones. También existen dudas sobre el cálculo de vacaciones proporcionales. A raíz de ello, surgen preguntas como: ¿los trabajadores con menos de un año trabajado pueden tomar vacaciones?, ¿Qué hacer si tienen licencia médica?
Estas y otras dudas te la resolvemos durante este post en el blog de GeoVictoria.
El derecho a las vacaciones legales en Chile está protegido por el Código del Trabajo y constituye un beneficio irrenunciable para todos los trabajadores y trabajadoras del país con contrato vigente. Este derecho garantiza el acceso a un periodo anual de descanso remunerado, indispensable para la salud física y mental, así como para mantener el equilibrio entre la vida laboral y personal. A partir del cumplimiento de un año de servicio, el trabajador adquiere el derecho a quince días hábiles de feriado anual, completamente pagados, y en ciertas regiones –como Magallanes, Aysén y Palena– este beneficio se amplía a veinte días hábiles.
La normativa específica que el uso de las vacaciones debe ser continuo, aunque, por acuerdo entre el trabajador y el empleador, puede fraccionarse una vez superados los primeros diez días. Además, se prohíbe la acumulación de más de dos periodos consecutivos, por lo que el descanso debe ser programado y ejecutado periódicamente. El empleador está obligado no solo a conceder este derecho en la época legal correspondiente, sino también a respetar los requerimientos del trabajador respecto al calendario, cuando se cumplan los requisitos legales.
El cálculo de las vacaciones proporcionales se hace en función del tiempo trabajado durante el año, a razón de 1,25 días hábiles por cada mes completo de servicios. Por ejemplo, si un trabajador ha laborado siete meses, le corresponderán 8,75 días hábiles de vacaciones, redondeando, en la práctica, hacia el valor más favorable para el beneficiario según la política de la empresa.
En Chile, al cumplir un año de servicio en la misma empresa, el trabajador tiene derecho a un feriado anual de quince días hábiles, completamente remunerados según lo establece el Código del Trabajo. Estos días se contabilizan exclusivamente de lunes a viernes, ya que los sábados, domingos y festivos no se consideran hábiles para este efecto. Es importante destacar que, en el caso de las regiones de Magallanes, Aysén y la provincia de Palena, el beneficio se extiende a veinte días hábiles, en reconocimiento a las condiciones particulares de estas zonas extremas.
Para trabajadores que no han completado un año de servicio, se aplica el cálculo proporcional: por cada mes trabajado, se acumulan 1,25 días hábiles de vacaciones, lo que permite gozar de días de descanso incluso antes de alcanzar el año completo, según corresponda. Si el número de días acumulados no es exacto, suele redondearse de acuerdo con la política interna de la empresa beneficiando al trabajador.
Por normativa, las vacaciones deben disfrutarse en un solo periodo continuo de 15 días hábiles; sin embargo, después de los primeros diez días, empleador y trabajador pueden acordar fraccionar el resto del feriado. Además, la ley impide acumular más de dos periodos consecutivos, promoviendo que el descanso se tome con regularidad para evitar la fatiga laboral y resguardar la salud y bienestar.
Según la ley, los trabajadores con más de un año de servicio tienen derecho a un feriado anual de quince días hábiles. Este derecho asegura que, a pesar de no trabajar esos días, igual serán remunerados.
Para hacer válidas las vacaciones legales en Chile, deben tomarse de forma continua los 15 días. No obstante, cuando la o el trabajador supera los primeros 10 días hábiles de vacaciones, puede fraccionarse de común acuerdo. Este derecho no está sujeto a ninguna condición. Solo basta que el trabajador cumpla con el requisito de antigüedad para solicitarlo.
De esta forma, el trabajador está facultado en solicitar al empleador, por una sola vez, los 15 días hábiles de vacaciones legales en Chile. Salvo que hayas pactado el fraccionamiento del beneficio.
No obstante, el Código del Trabajo tiene algunas especificidades:
En el artículo 69 del Código de Trabajo, se establece que los sábados son un día inhabilitado. No se toma en cuenta como día de vacaciones. Sin embargo, también debe ser remunerado.
Para calcular las vacaciones proporcionales, por periodos menores a un año, es un proceso muy simple. Solo se debe realizar una multiplicación de días de vacaciones por la cantidad de días trabajados en el año incompleto. Recordemos que el trabajador con contrato acumula una razón de 1,25 días por mes de trabajo.
Por ejemplo, si se han trabajado 8 meses y 24 días, el trabajador acumula 11 días de vacaciones. Como muestra, el siguiente cálculo:
8 meses * 1,25 + 24/30 * 1,25 = 11.
Por otra parte, hay que tener en cuenta, en este caso, los meses de menos o más de 30 días:
Febrero: aunque tiene 28 o 29 días, si el trabajador trabaja todos los días de este mes hay que asignarle 30 días trabajados.
Meses de 31 días: aunque se trabajen 21 días, no se puede asignar más de 1,25 días por mes trabajado.
El feriado debe ser continuo, pero el exceso sobre diez días hábiles puede fraccionarse por acuerdo entre empleador y trabajador. No puede ser impuesto unilateralmente por el empleador.
Para tener el cálculo inmediato, el control de asistencia de GeoVictoria, cuenta con las herramientas necesarias. En su intuitivo dashboard, tiene contabilizadas las horas laborales por cada trabajador. Así, el personal de RR.HH. puede calcular fácilmente las vacaciones legales.
El sistema de vacaciones progresivas es un reconocimiento legal al compromiso y permanencia de los trabajadores a lo largo de su vida laboral en Chile. Según la legislación vigente, una vez que un trabajador cumple diez años de cotizaciones previsionales, ya sea de forma continua o sumada entre distintos empleadores, adquiere el derecho a sumar días adicionales a su feriado anual. Por cada tres años adicionales de cotización a partir del undécimo año, el trabajador tiene derecho a un día hábil extra de vacaciones, que se adiciona a los quince días hábiles básicos establecidos por ley (o a los veinte en el caso de Magallanes, Aysén y Palena).
El sistema de vacaciones progresivas es un reconocimiento legal al compromiso y permanencia de los trabajadores a lo largo de su vida laboral en Chile. Según la legislación vigente, una vez que un trabajador cumple diez años de cotizaciones previsionales, ya sea de forma continua o sumada entre distintos empleadores, adquiere el derecho a sumar días adicionales a su feriado anual. Por cada tres años adicionales de cotización a partir del undécimo año, el trabajador tiene derecho a un día hábil extra de vacaciones, que se adiciona a los quince días hábiles básicos establecidos por ley (o a los veinte en el caso de Magallanes, Aysén y Palena).
El sistema de vacaciones progresivas es un reconocimiento legal al compromiso y permanencia de los trabajadores a lo largo de su vida laboral en Chile. Según la legislación vigente, una vez que un trabajador cumple diez años de cotizaciones previsionales, ya sea de forma continua o sumada entre distintos empleadores, adquiere el derecho a sumar días adicionales a su feriado anual. Por cada tres años adicionales de cotización a partir del undécimo año, el trabajador tiene derecho a un día hábil extra de vacaciones, que se adiciona a los quince días hábiles básicos establecidos por ley (o a los veinte en el caso de Magallanes, Aysén y Palena).
La ley chilena contempla la posibilidad de fraccionar las vacaciones legales en ciertos casos, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador. De acuerdo al Código del Trabajo, los 15 días hábiles de feriado anual deben tomarse de forma continua; sin embargo, una vez disfrutados al menos los primeros 10 días hábiles de manera ininterrumpida, las partes pueden pactar fraccionar los días restantes, facilitando así la adaptación del descanso a las necesidades tanto del trabajador como de la operación de la empresa. Este fraccionamiento nunca puede ser impuesto unilateralmente por el empleador y busca conciliar la planificación organizacional con el bienestar del personal.
La ley chilena contempla la posibilidad de fraccionar las vacaciones legales en ciertos casos, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador. De acuerdo al Código del Trabajo, los 15 días hábiles de feriado anual deben tomarse de forma continua; sin embargo, una vez disfrutados al menos los primeros 10 días hábiles de manera ininterrumpida, las partes pueden pactar fraccionar los días restantes, facilitando así la adaptación del descanso a las necesidades tanto del trabajador como de la operación de la empresa. Este fraccionamiento nunca puede ser impuesto unilateralmente por el empleador y busca conciliar la planificación organizacional con el bienestar del personal.
Cuando se produce la desvinculación de un trabajador en Chile, ya sea por renuncia, despido o término de contrato, el empleador está obligado a pagar todas las vacaciones legales que la persona tenga pendientes de goce a la fecha de la salida. Este pago debe realizarse como "vacaciones proporcionales" en la liquidación final, considerando tanto los días acumulados del periodo en curso como aquellos que no hayan sido utilizados de años anteriores, respetando siempre el límite máximo de dos periodos acumulados.
Cuando se produce la desvinculación de un trabajador en Chile, ya sea por renuncia, despido o término de contrato, el empleador está obligado a pagar todas las vacaciones legales que la persona tenga pendientes de goce a la fecha de la salida. Este pago debe realizarse como "vacaciones proporcionales" en la liquidación final, considerando tanto los días acumulados del periodo en curso como aquellos que no hayan sido utilizados de años anteriores, respetando siempre el límite máximo de dos periodos acumulados.
Cuando se produce la desvinculación de un trabajador en Chile, ya sea por renuncia, despido o término de contrato, el empleador está obligado a pagar todas las vacaciones legales que la persona tenga pendientes de goce a la fecha de la salida. Este pago debe realizarse como "vacaciones proporcionales" en la liquidación final, considerando tanto los días acumulados del periodo en curso como aquellos que no hayan sido utilizados de años anteriores, respetando siempre el límite máximo de dos periodos acumulados.
Hay escenarios en que los trabajadores no tendrían derecho de vacaciones legales. Por ejemplo, si la persona tiene vacaciones y sobreviene una licencia médica, se suspende su feriado legal. Por tanto, ahora correrá su licencia médica.
El dictamen 6256/279 de 09.10.95 de la Dirección del Trabajo dice lo siguiente:
“Resulta procedente la suspensión del feriado legal, sustentando su doctrina en que los fines del feriado son distintos a los de la licencia médica".
Por otra parte, tampoco acceden los trabajadores de empresas o establecimientos que por la naturaleza de sus actividades dejan de funcionar. Esto sucede a empresas que solo operan durante ciertos períodos en el año. Vale decir, no de forma continua por 12 meses o más.
Por último, tampoco rige el feriado legal a colaboradores que dejan de trabajar durante un determinado periodo del año. Siempre y cuando no sea menor a 15 días hábiles.
En GeoVictoria estamos para ayudarte. Por ello, no dudes en consultarnos sobre como administrar las jornadas laborales. Nuestra solución de reloj control biométrico asistencia no solo se adapta a la legislación vigente. Sino que también, a cualquier tipo de empresa y dotación.