Sea en el lugar de trabajo o no, todos somos vulnerables a cualquier tipo de accidente o enfermedad que nos lleve a tomar un descanso médico. En Perú, EsSalud (Seguro Social de Salud) es la entidad encargada de tramitar los certificados de incapacidad médica, y es importante que el departamento de recursos humanos esté alineado con esta entidad.
En este nuevo blog de GeoVictoria, te contamos todo lo que debes conocer sobre el descanso médico.
Cuando hablamos de descanso médico nos referimos al periodo de tiempo que tiene el trabajador para recuperarse. Por ley, este permiso debe ser prescrito por el médico tratante y las empresas deben tener todo el conocimiento del caso. Por el contrario, si este permiso no se tramita de manera correcta, el trabajador podría tener descuentos en su pago mensual.
Es importante aclarar que los descansos médicos no sólo están definidos para recuperaciones físicas. En ocasiones, los empleados pueden obtener certificados de incapacidad por problemas relacionados con la salud mental. El estrés, la ansiedad y otras dolencias de este tipo también están contempladas por la legislación peruana.
Existen diferentes tipos de descansos médicos en el ámbito laboral peruano, que varían en función de la condición de salud del trabajador y el tiempo necesario para su recuperación. Los descansos pueden clasificarse según su duración, la causa (enfermedad común, accidente de trabajo o enfermedad profesional) y la contingencia que los origina, ya sea física o mental. Además, la legislación distingue entre descansos cortos, que suelen ser cubiertos íntegramente por el empleador, y descansos prolongados, donde entra en juego el subsidio de EsSalud. Por ejemplo, en casos de enfermedades o accidentes que requieren una recuperación prolongada, los primeros 20 días de ausencia son responsabilidad de la empresa, mientras que a partir del día 21 el Seguro Social asume el pago del subsidio, siempre y cuando se cumplan con los requisitos legales y administrativos correspondientes.
Sí, los descansos médicos en el Perú son remunerados bajo ciertas condiciones y conforme a lo dispuesto en la normativa laboral vigente. En líneas generales, todos los trabajadores que cuentan con un contrato formal y que presentan un descanso médico debidamente sustentado, tienen derecho a seguir recibiendo su remuneración durante el periodo de incapacidad. De acuerdo con la ley, los primeros 20 días de descanso médico deben ser pagados íntegramente por el empleador, siempre y cuando el trabajador presente el certificado médico válido emitido por un profesional autorizado y cumpla con los requisitos administrativos establecidos.
En caso de que la incapacidad se prolongue más allá de los 20 días, Essalud asume el pago del subsidio por incapacidad temporal desde el día 21 en adelante, hasta por un máximo de 11 meses y 10 días adicionales, siempre que la documentación requerida sea presentada correctamente y en los plazos estipulados. Es importante destacar que no todos los descansos son cubiertos por Essalud, ya que existen ciertos casos en los que el subsidio puede ser rechazado, como enfermedades preexistentes no declaradas, licencias sin goce de haber o ausencia de documentación sustentatoria. Por ello, la gestión adecuada de los descansos médicos, así como el cumplimiento estricto de los procedimientos legales y administrativos, son factores clave tanto para empleados como para empleadores, garantizando la continuidad del pago y la protección de los derechos laborales. Además, en un entorno empresarial moderno, contar con soluciones tecnológicas integradas facilita el seguimiento de estos procesos y promueve la transparencia y la eficiencia en la administración de la fuerza laboral.
Un estudio realizado en 2016 demostró que los hombres son los que más solicitan certificados de incapacidad. Entre las patologías más reportadas están el ‘Trastorno musculo esquelético’ y el ‘Trastorno del sistema respiratorio’. Los problemas relacionados con la piel o la visión también representan un alto índice de incapacidades.
Como lo mencionamos anteriormente, el descanso médico debe estar siempre respaldado por una incapacidad prescrita. Este documento le permitirá al trabajador la oportunidad de seguir recibiendo una remuneración durante el periodo de recuperación. Por su parte, es deber del trabajador informar a la empresa para que pueda seguir liquidando su pago mientras este tenga vigencia.
Según el Diario Gestión, un trabajador tiene derecho hasta de 1 año por concepto de descanso médico. Para validar este periodo, debe acreditar el certificado médico expedido por la EsSalud.
De acuerdo con las normas laborales vigentes, los primeros 20 días del descanso médico deben ser pagados por el empleador. En caso de extenderse el tiempo, es el Seguro Social de Salud el encargado de hacer el pago por hasta 11 meses adicionales.
De la misma forma, el empleador tiene como obligación realizar los pagos y solicitar el reembolso. Asimismo, tiene hasta 30 días para reportar la incapacidad de su trabajador para que la EsSalud pueda devolverle el dinero pagado.
Si eres empleador y necesitas gestionar las ausencias por descanso médico del personal de tu empresa, te recomendamos optar por un software de asistencia. Además de cumplir con una obligación legal que es el registro de asistencia, también podrás conocer la dotación de personal. Esto es ideal si cuentas con un alto número de trabajadores distribuidos en distintas sucursales ya que tendrás la información sobre quienes se encuentren ausentes.
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El CITT (Certificado de Incapacidad Temporal para el Trabajo) es el documento que le permite constar su incapacidad. En este, es obligatorio registrar el tipo de contingencia (Enfermedad o accidente) y la duración del periodo de incapacidad. El certificado médico debe tener por ley los siguientes aspectos:
El descanso médico es una oportunidad que tienen todos los peruanos para recuperarse de cualquier incapacidad médica sin dejar de recibir su remuneración. Es importante aclarar que los certificados médicos siempre deben ser verificables y bien organizados.
Essalud comienza a pagar a partir del día 21 de descanso médico consecutivo. Los primeros 20 días están a cargo del empleador; desde el día 21 en adelante, Essalud asume el pago del subsidio por incapacidad temporal, siempre que la documentación haya sido presentada correctamente y dentro del plazo establecido por la normativa peruana.
En la siguiente tabla detallamos cuando es que le corresponde el pago al empleador y cuando a Essalud
| Día de descanso | ¿Quién paga? | Requisitos |
| 1-20 días | Empleador | Certificado médico válido |
| Desde el día 21 | Essalud (subsidio) | Trámite ante Essalud |